Por B. Alonso y G. Etxeberría, fundadores de Estudia y colaboradores del panel de expertos
A partir del próximo 10 de abril el procedimiento para solicitar el visado de turista para entrar en Turquía sufrirá una modificación. A partir de esa fecha la visa ya no se podrá conseguir físicamente en la frontera del país sino que deberá solicitarse con suficiente anterioridad a través de la web del Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Turquía. La página cuenta con una completa versión en español donde se puede consultar toda la información necesaria para realizar los trámites.
Los requisitos que hay que cumplir para obtener el visado son:
– Tener un pasaporte con una validez mínima de seis meses.
– Haber efectuado una reserva de vuelo (o de cualquier otro medio de transporte).
– Ser titular de una tarjeta de crédito (Visa o Mastercard).
Tal y como se señala en la web del Ministerio, los principales puntos a tener en cuenta son:
– Ser poseedor de un e-Visado, esto es, una confirmación que permite al portador a entrar en Turquía.
– Los solicitantes pueden obtener sus visados por vía electrónica, después de proporcionar la información necesaria y hacer el pago en línea.
– Una vez que haya sido aprobada la solicitud, el e-Visado se le envía por correo electrónico al solicitante. Estos deberán imprimir su e-Visado, mostrarlo a los funcionarios del aeropuerto y de aduanas y llevarlo consigo en todo momento durante su viaje.
– El e-Visado es válido sólo para fines turísticos y comerciales. Para otros fines, tales como el trabajo o el estudio, se debe hacer la solicitud a través de nuestras Embajadas o Consulados.
– El e-Visado, como el visado-etiqueta, no garantiza la entrada en Turquía. Las autoridades turcas pueden prohibir el paso de un titular de e-Visado a Turquía si se dan ciertas circunstancias y lo mismo ocurre con los visados expedidos por las embajadas o los consulados turcos.
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